NUEVO SALARIO MÍNIMO GENERAL 2018
- Volumen 1 No. 1
- 1 dic 2017
- 3 Min. de lectura
El nuevo salario mínimo general que tendrá vigencia a partir del 1o. de diciembre de 2017 se integrará por tres componentes:
Primero, el monto del salario mínimo general vigente del 1o. de enero al 30 de noviembre de 2017, $80.04 pesos diarios; segundo, el Monto Independiente de Recuperación (MIR), $ 5.00 pesos diarios y; tercero, el incremento de 3.9%, sobre la suma de los dos componentes anteriores, $3.32 pesos diarios, lo que arroja un monto de $88.36 pesos diarios como cantidad mínima que deben recibir en efectivo los trabajadores por jornada ordinaria diaria de trabajo.
CONSIDERACIONES PREELIMINARES SOBRE EL NUEVO SALARIO MÍNIMO.
Este aumento del salario mínimo influye en varios escenarios, sobre todo para el aguinaldo que es lo primero que debe tomarse en cuenta con antelación en este diciembre, ya que para empezar es un derecho que en ningún caso puede ser omitido por el patrón. Todos los empleados deben recibirlo, incluso los de confianza o aquellos que tienen menos de un año de servicio independientemente de si están o no laborando en la empresa en la fecha de liquidación del aguinaldo, de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo (LFT).
El Impacto de este aumento influirá sobre todo para empleados que reciben actualmente el salario mínimo, ya que a partir de diciembre 2017 reciben un incremento a su salario diario, y para calcular el aguinaldo se debe de considerar la base del último sueldo que percibe el empleado. Bajo esta tesitura, si el aumento al salario mínimo tendrá vigencia a partir del 1 de diciembre de 2017, entonces el aguinaldo deberá calcularse con el nuevo salario establecido en la LFT, y ya que hacerlo de otra manera podría significar ahorros para la empresa pero generaría suspicacias entre los trabajadores y algunos escenarios no controlables.
Asimismo el nuevo aumento del salario mínimo general que sera de $88.36 pesos, al que comenzará a partir del 1 de diciembre de 2017, repercutirá en un gasto que no había sido presupuestado por parte de las empresas tanto como en la semanas o quincenas de diciembre como para el cálculo del aguinaldo de este ejercicio 2017. Otra consideración que se debe estar al pendiente es acerca del aumento de la Unidad de Medida y Actualización (UMA), ya que esta es muy probable que pueda ser incrementada a partir del 1 de enero de 2018 o 1 de febrero de 2018, teniendo un impacto en los costos de las cuotas obrero patronales ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). Aunque a la fecha la UMA se sigue manteniendo en un valor de 75.49, es importante analizar tanto el costo en Impuesto Sobre la renta (ISR) como en cuotas IMSS, del posible aumento de esta unidad o el impacto que tendrá si se mantiene como esta actualmente, ya si se mantiene en 75.49, esta puede reducir los topes de excención de ISR sobre prestaciones exentas o topadas, incrementando impuestos a todos los empleados en general.
CONCLUSIONES
Consideramos que las empresas textileras, restauranteras, empresas de limpieza, y en general todas las empresas que tienen a sus empleados percibiendo el salario mínimo, deberán analizar el impacto que repercutirá indudablemente en los costos para las empresas sobre las variaciones y de los aumentos antes mencionados. Finalmente se tiene que analizar de nueva cuenta, alternativas para reducir costos y gastos no controlables, poder conocer otras opciones que ofrecemos como Firma Profesional para hacer frente a estos escenarios, así como estar al pendiente de los posibles incrementos al salario mínimo que se tienen propuestos para antes del 30 de abril de 2018, en el cual se propone que se se realice un nuevo ajuste al salario mínimo general.
“Lo más difícil de comprender en el mundo es el impuesto sobre la renta.”
― Albert Einstein

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